“Todas las colonias existen o deben existir bajo estas dos relaciones: fuerza y riqueza, que son los dos grandes objetos de su destino. La segunda refluye en la metrópoli y concurre poderosamente a su prosperidad”. La fuerza, por su parte, la aseguraba contra enemigos. Así comenzó el gobernador Uztáriz su propuesta para la reforma de las Milicias Disciplinadas en 1792. [i] Hablar de la riqueza o economía de España y de sus colonias en el siglo XVIII es, inevitable e indefectiblemente, hablar de las reformas que acompañaron desde Francia a los Borbón. Aunque se asocia el término reformismo borbónico con el rey Carlos III, en la segunda mitad del siglo, desde la llegada misma de esta nueva dinastía a España, las instituciones y el manejo de gobierno fueron modificados para maximizar el rendimiento económico del imperio.
Es por eso que al leer hoy sobre nuestro devenir en el Setecientos, nos da la impresión de que, al bajar el telón sobre el siglo XVII y subir para revelar el XVIII en el teatro de nuestra historia, estamos ante una obra diferente. Hay nuevas estructuras de gobierno, de milicias, con su terminología propia. Décadas antes de la Real Cédula de Gracias de 1815, nos encontramos con el influjo de soldados, oficiales y hacendados extranjeros a granel, y surgen docenas de nuevos pueblos por toda la geografía de la Isla.
A grandes rasgos, las reformas buscaban desmantelar la economía de ganadería y desintegrar las estructuras de latifundio y contrabando que la apoyaban, sustituyéndolas con un modelo de agricultura comercial, con lazos legales y convencionales con los mercados de ultramar de los cuales la metrópoli se beneficiaría. Para su expansión, se abrieron canales de distribución entre la Isla y los mercados en Europa, se facilitó la adquisición de mano de obra esclavizada y se reforzó sistema de defensa, que inyectó capital para lo que ha sido llamado "el experimento con la producción para exportación". La exitosa introducción y la comercialización del café generaron mayores ingresos que la ganadería. [ii]
Scarano y Curtis periodizan la transición entre el modelo económico impuesto desde la conquista y el nuevo que vino de la mano de Carlos III entre 1765 y 1815, señalando que estos pretendían revisar los lazos coloniales. No obstante, como ya señalamos, encontramos el trasfondo de las reformas en el cambio de mando en El Escorial con el envío en 1703 de Juan Orry a España por parte del rey de Francia, Luis XIV, para asesorar a su nieto, Felipe V, nuevo rey de todos los españoles, en materias de Hacienda. Se buscaba centralizar la monarquía y hacerla más eficiente. Entre las primeras reformas estuvo la creación de un Despacho de Guerra y de la Tesorería Mayor de Guerra, cuyo director era el único autorizado para hacer gastos bélicos, recibiendo las rentas destinadas para este propósito. La influencia personal del rey y de sus nuevos hombres de confianza quedó reforzada a expensas de los Consejos de Indias y de Castilla, que llevaron la peor parte. [iii]
Antes de las reformas, la colonia había arrastrado por dos siglos problemas de falta de comercio formal y pobreza. En 1701 se identificaron las fuentes de ingresos de la Real Hacienda en Puerto Rico: almojarifazgo, alcabala, derechos de la Armada de Barlovento y de esclavos, mesadas eclesiásticas, el pago de medias anatas, bulas de la Santa Cruzada, y el derecho sobre el papel sellado, que complementaban multas, cuartas vacantes de obispados y el noveno de los diezmos que tocaba al rey. Se advertía que era “todo en muy corta cantidad por el poco comercio que hay de navíos”. En 1704 el rey reconoció “el miserable estado en que se halla aquella Isla y sus habitadores (sic)” y ordenó formar una junta para desarrollar soluciones. [iv] La situación cambió poco. Una orden de 1790 para la remisión a la Isla de un reo por vía de La Habana, se justificó diciendo que “según tengo entendido, rara vez se presenta coyuntura, ni aun de embarcaciones de comercio, con destino directo a Puerto Rico”. [v] ¿Qué pasó con las reformas?
Aunque la milicia se pagaba con el situado, los salarios del tesorero y el contador, el sobrestante de fábricas y el tenedor de municiones se pagaban de las cajas reales locales, y en ocasiones no había con qué hacerlo. [vi] Para tener una idea de la capacidad de la Isla de sostenerse, el cobro del almojarifazgo se rentó en Cuba por seis años en 1701 por 20,000 pesos anuales; señalando crecimiento, en 1707 el arrendador pidió seis años más y pagó 30,000 anuales. [vii] En Puerto Rico, el cobro del derecho de alcabala se rentó 50 años después por una fracción, 1,300 pesos anuales. [viii] La diferencia en el valor de estos ingresos entre las dos islas es abismal, reflejando sus situaciones económicas y el valor de estos recaudos.
Dávila Cox señala tres modalidades del comercio: el tráfico legal con España, que era muy poco, vendiendo café, malagueta y cueros, e importando vinos, aceites y ropa; el tráfico legal con el extranjeros, limitado a esclavos y harinas; y el perenne comercio ilegal, o contrabando, que se hacía con los mismos barcos que comerciaban legalmente, o en las costas alejadas de San Juan, siendo los cueros, el café, el tabaco, el algodón y el ganado vivo los principales productos vendidos. [ix] La diversificación en los cultivos fue producto de las reformas de O´Reilly, aunque no se canalizaron necesariamente hacia los mercados europeos.
Uno de los hitos más relevantes en la historia de Puerto Rico es la llegada de conde y brigadier Alejandro O’Reilly en 1765. Esto supuso un intento de reactivar la economía isleña, que agonizaba hacía dos siglos. Quizás su mayor aportación fue la evaluación del estado de la colonia: aspectos comerciales, agrícolas y sociales. Como si se tratara de un relanzamiento de la colonia, la más pobre de América, el conde consideraba indispensable incentivar una nueva inmigración por parte de personas de caudal, artesanos y labradores inteligentes. Como punto fuerte, en lugar de incentivar el establecimiento de ingenios a través de préstamos, como se hizo en el Quinientos, se haría a través de la atracción de estos “hombres de caudal” y esclavos. En retrospectiva, estas recomendaciones crearían una nueva clase económicamente dominante, movida por su capital, pero no necesariamente impactaría la situación de los pobladores de toda la vida.
Aunque la intención era la correcta, quizás desconocía que el establecimiento de labradores castellanos, portugueses y finalmente canarios en el pasado no se tradujo a la explotación agrícola a los niveles comerciales esperados. La barrera al desarrollo estaba en otros aspectos, como la falta de salida de la producción para los mercados españoles, la exclusividad dada al puerto de San Juan, lo que representaba altísimas barreras y costos de transportación, y la prohibición de comerciar con las colonias extranjeras vecinas, lo que fragmentó e individualizó la producción y la canalizó hacia el contrabando, entre otros. [x] Sumemos a esto el reto de obtener mano de obra.
Sus recomendaciones no fueron aceptadas ni tuvieron efecto de inmediato. Habría que esperar unos años. En 1798 el gobernador de Castro señalaba lo difícil que era la vida para los pobladores, convertidos en milicianos por el constante estado de guerra. Tenían como agravante el limitado comercio, “siempre escaso”, acotando que “el de España con esta colonia ha fenecido años ha; a falta de él es consiguiente la del surtimiento de harinas, la necesidad obligaba a tomarlas de los buques procedentes de los Estados Unidos de América…”. La barrera impuestas a los nuevos estadounidenses por ingleses y franceses por igual limitó este acceso. [xi] ¿Dónde quedaron los frutos de las reformas?
Kuethe y Andrien sostienen que las reformas, que causaron un aumento en los gastos de la Corona, fueron financiados con aumentos en los impuestos y derechos; Vicéns Vives los segmenta en dos tipos: generales (aduanas y almojarifazgos) y provinciales (servicios, alcabalas, entre otros). [xii] En este espíritu, en 1758 se impuso un 5% en especie a los dueños de ingenios y cosecheros de azúcar en la vecina isla de Cuba; este aplicaba a toda la zafra de grano y miel, como lo que tuviesen almacenado, y reemplazaba el derecho que contribuían por cada arroba de azúcar blanco. [xiii]
La producción agrícola – y la efectividad de las reformas – dependía, entre otras cosas, de la mano de obra, que era mayoritariamente esclavizada. Reconociendo la ineficiencia en la utilización de este recurso, la Real Audiencia de Santo Domingo redactó en los últimos 20 años del siglo un reglamento conocido como Código Negro Carolino. Además de registrar desde una perspectiva esclavista varias prácticas, situaciones sociales y económicas y prejuicios del periodo, da instrucciones relacionadas al trabajo. Repetía la orden de la Recopilación de Indias que establecía “que los españoles vagamundos, mestizos, negros y mulatos sean compelidos a salir a las plazas públicas a alquilarse por un jornal diario”. A los negros libres y esclavos que no ejercían oficios mecánicos, “e infestan los campos donde viven, casi alzados, con el nombre de vividores, a pretexto de labrar la tierra que no cultivan”, se les ordenó reducirse a la población de los Minas. Anticipando el régimen de la libreta por un siglo, la ley octava del Código establecía que “el vividor esclavo o libre que no tuviese para la sazón y tiempo de cada especie de frutos competente, labranza de él, cercada y sembrada en la forma regular de la agricultura, será destinado a servir en las haciendas del partido por un jornal diario, u obligado a salir a la plaza pública a este efecto”. [xiv]
Esta estrategia para dirigir la mayor cantidad de brazos hacia la agricultura comercial había sido implantada en el siglo anterior en Puerto Rico por el gobernador Arredondo quien decretó en 1690 un bando que obligó por igual a blancos, negros y mestizos sin hacienda ni oficio “a que cultiven y trabajen, o que sirvan, para excusar los desórdenes y el que se mantengan por su inaplicación y no querer trabajar ni servir, de robos, defraudando los hatos de ganados, mayores y menores, y demás frutos”. La ausencia de noticias sobre sus resultados nos parece indicativo de que no los tuvieron. [xv]
Al final del siglo, las estrategias se conjugaron otra vez para intentar conseguir frutos. Se abrieron los puertos de España al comercio antillano y se dieron permisos limitados para comerciar con las islas extranjeras vecinas. Se convirtieron tierras de hatos en estancias de labor y se incentivó la producción de determinados productos agrícolas. Se liberalizó la adquisición de mano de obra esclavizada. Mientras las islas británicas se convertían en “islas del azúcar” con el motor de la mano de obra esclava, Puerto Rico siguió aislado de aquellos puertos peninsulares que le habían sido abiertos para el comercio libre. ¿Dónde se falló? Nos parece que la respuesta tiene dos partes. Primeramente, no se atendió la distancia y virtual desconexión de las estancias productoras con los puertos insulares, por lo que la producción siguió canalizada hacia consumo familiar y contrabando. En segundo lugar, las facilidades para la adquisición de esclavos, por atractivas que fueran en papel, no reconocían las limitaciones financieras de la mayoría de la población.
[i] Milicias de Puerto Rico. Armamento. 1792. AGS, SGU, Leg 7148, 6, f.3.
[ii] Francisco A. Scarano y Katherine J. Curtis. Agrarian Change and Population Growth in Late Colonial Spanish America: The Case of Puerto Rico, 1765-1815. CDE Working Paper No. 2011-04 (Madison: University of Wisconsin at Madison, July 2009), 4.
[iii] Dubet, La Hacienda Real de la Nueva Planta (1713-1726), 40 y ss.
[iv] Registro: isla Española. 1703-1705. AGI, SD 879, L.32, f.244v.
[v] Gregorio Sánchez. Presidio. 1790. AGS, SGU, Leg 7135, 62, fs.4-4v.
[vi] Registro: isla Española. 1700-1702. AGI, SD 878, L.30, f.281.
[vii] Registro: isla Española. 1705-1709. AGI, SD 879, L.33, f.223v.
[viii] Tapia, Biblioteca histórica, 509.
[ix] Emma A. Dávila Cox. Este inmenso comercio. Las relaciones mercantiles entre Puerto Rico y Gran Bretaña, 1844-1898 (San Juan: Editorial de la Universidad de Puerto Rico e Instituto de Cultura Puertorriqueña, 1996), 10.
[x] Tapia, Biblioteca histórica, 524.
[xi] Gobernador Puerto Rico sobre necesidad de socorros. 29 VII 1798. AGI, Estado: Santo Domingo, Cuba, Puerto Rico, Luisiana y Florida (EST) 10, N.46A, fs.3v-4.
[xii] Kuethe y Andrien, The Spanish Atlantic World, 352. Vicéns Vives, Economic History of Spain, 592.
[xiii] Registro: isla Española. 1660-1763. AGI, SD 888, L.53, f.107v.
[xiv] Extracto del Código negro Carolino. 1784. AGI, EST 7, N.3, fs.9v-10.
[xv] Carta de Gaspar de Arredondo, gobernador de Puerto Rico. 11 V 1690. AGI, SD 160, R.1, N.2, (2) fs.3v-4v.
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